Versión 2 · en vigor 12.06.1992 · Ver el artículo
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Téngase en cuenta que el apartado 3 queda derogado en lo que concierne al personal de la Escala de Delegados Profesionales Técnicos de los Tribunales Tutelares de Menores.
Se deroga el apartado 3, en lo que concierne al personal de la Escala de Delegados Profesionales Técnicos de los Tribunales Tutelares de Menores, por la disposición adicional 5.4 de la Ley Orgánica 4/1992, de 5 de junio. Ref. BOE-A-1992-13444
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