Por la que se modifican la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para transponer la Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales y la Directiva 2012/13/UE, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información en los procesos penales
Versión 4 · en vigor 28.10.2015 · +21 −19 · Ver el artículo
Téngase en cuenta que esta última actualización del apartado 5 entra en vigor el 28 de octubre de 2015, conforme a la disposición final 4 de la Ley Orgánica 5/2015, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2015-4605.
Redacción anterior:
5. En las actuaciones orales se podrá habilitar como intérprete a cualquier persona conocedora de la lengua empleada, previo juramento o promesa de aquélla.
Se modifica el apartado 5 por el art. 3 de la Ley Orgánica 5/2015, de 27 de abril. Ref. BOE-A-2015-4605.
Se modifica el apartado 5 por el art. 1.4 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-17492.
Se declara que el apartado 4 no es inconstitucional, en la redacción dada por la Ley Orgánica 16/1984, de 8 de noviembre, interpretado en el sentido indicado en el fundamento jurídico 12 de la Sentencia 105/2000, de 13 de abril. Ref. BOE-T-2000-9230.
Se modifica el apartado 4 por el art. 8.3 de la Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre. Ref. BOE-A-1994-24612
Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 264, de 4 de noviembre de 1985. Ref. BOE-A-1985-22752
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