Abogados delitos urbanísticos Valencia — Soriano i Piqueras
Área de práctica · Valencia

Abogados especialistas en delitos urbanísticos en Valencia

Defensa y acusación en procedimientos penales por delitos urbanísticos ante los juzgados de instrucción, la Audiencia Provincial de Valencia y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Primera valoración confidencial →
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El despacho valenciano de referencia en derecho penal urbanístico

La Comunitat Valenciana es uno de los territorios con mayor actividad judicial en materia de delitos urbanísticos de toda España. Décadas de desarrollo urbanístico intenso en el litoral mediterráneo, combinadas con una normativa urbanística compleja y una Fiscalía Anticorrupción activa, han dado lugar a un volumen muy elevado de procedimientos penales por delitos contra la ordenación del territorio.

Soriano i Piqueras es el despacho valenciano de referencia en esta materia. Desde nuestra sede en Gran Vía Marqués del Turia, 59 de Valencia hemos intervenido en algunos de los procedimientos urbanísticos más relevantes de la Comunitat Valenciana, asistiendo a promotores, propietarios, arquitectos, técnicos municipales y cargos públicos tanto en la defensa como en la acusación.

Lo que dice la prensa
«Víctor Soriano, el abogado que salva a políticos, actores y futbolistas de delitos urbanísticos» OkDiario →
«Víctor Soriano: de abogado del PPCV a referente nacional en derecho penal administrativo» Valenciaplaza →
«Un despacho de abogados valenciano, referente en las acusaciones penales más elitistas de España» Las Provincias →
«El valenciano Víctor Soriano, reconocido en el Top 10 de mejores abogados penalistas de España» Lawyerpress →

Defensa de promotores y constructores

Art. 319 CP Asistencia letrada a promotores, constructores y propietarios investigados por construcción no autorizada en suelo no urbanizable de especial protección o en suelo rústico. Defensa desde la fase de instrucción hasta sentencia y recurso ante la Audiencia Provincial y el TSJ.

Defensa de técnicos y funcionarios

Art. 320 CP Defensa de arquitectos municipales, secretarios de ayuntamiento, técnicos urbanísticos y funcionarios investigados por informar favorablemente o votar a favor de proyectos de urbanización o edificación ilegales. Conocemos en profundidad la jurisprudencia valenciana sobre este tipo.

Acusación en delitos urbanísticos

Ejercemos la acusación particular y popular en procedimientos urbanísticos cuando existe un perjudicado concreto o un interés colectivo que justifica la persecución del delito. Especialmente en casos de construcciones que afectan a colectivos vecinales o a espacios naturales protegidos.

Coordinación penal y administrativa

Cuando un expediente administrativo sancionador por infracción urbanística da lugar simultáneamente a un procedimiento penal, la defensa debe coordinarse en ambas vías. Nuestra doble especialización en derecho penal y administrativo garantiza coherencia y evita declaraciones que perjudiquen en la otra vía.

Particularidades del derecho penal urbanístico en la Comunitat Valenciana

01 Normativa urbanística autonómica propia. La Comunitat Valenciana tiene su propia legislación urbanística — la LOTUP y su normativa de desarrollo — que define qué es suelo protegido, cuáles son los usos permitidos y qué actuaciones requieren licencia. El delito penal depende de la calificación urbanística del suelo, por lo que el conocimiento de la normativa valenciana es imprescindible.
02 Fiscalía Anticorrupción de Valencia. La Unidad especializada de la Fiscalía en Valencia ha protagonizado algunas de las investigaciones más relevantes por corrupción urbanística de la Comunitat. Su criterio y sus líneas de actuación condicionan la instrucción de los procedimientos.
03 Jurisprudencia específica del TSJ-CV. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha desarrollado una doctrina propia sobre el delito urbanístico que matiza en algunos aspectos la jurisprudencia general del Tribunal Supremo. Conocer esta doctrina es esencial para diseñar una defensa eficaz.
04 Especial incidencia en el litoral. El litoral valenciano concentra una densidad muy alta de procedimientos por construcciones en zona de protección costera, dominio público marítimo-terrestre y zonas de especial protección ecológica. Conocemos la normativa sectorial aplicable y la jurisprudencia específica de estas zonas.
M. Ángeles López Sargues — Valencia
Equipo en Valencia Víctor M. Soriano i Piqueras · M. Ángeles López Sargues
La práctica de delitos urbanísticos en Valencia está dirigida por Víctor M. Soriano i Piqueras y cuenta con la colaboración de M. Ángeles López Sargues, of counsel con dilatada experiencia en derecho urbanístico y administrativo derivada de su trayectoria en la administración local valenciana.

Preguntas frecuentes sobre delitos urbanísticos en Valencia

¿Qué conductas constituyen delito urbanístico en la Comunitat Valenciana?

El artículo 319 del Código Penal sanciona la construcción no autorizada en suelos de especial protección y en suelo no urbanizable. No toda infracción urbanística es delito: se requiere que la construcción se realice sin autorización en suelos especialmente protegidos o que la gravedad de la infracción sea suficiente. La calificación urbanística del suelo conforme a la normativa valenciana LOTUP es determinante para establecer si los hechos son constitutivos de delito.

¿Puede el ayuntamiento denunciarme penalmente por una obra sin licencia en Valencia?

Sí. El ayuntamiento puede denunciar ante la Fiscalía o presentar querella directamente si considera que los hechos son constitutivos de delito urbanístico. También puede hacerlo la Conselleria competente o cualquier ciudadano o asociación. La vía penal es independiente del expediente administrativo sancionador que el ayuntamiento puede tramitar simultáneamente.

¿Qué penas prevé el Código Penal para los delitos urbanísticos?

El artículo 319 CP prevé penas de prisión de uno a tres años para las construcciones en suelo no urbanizable, y de uno a cuatro años para las realizadas en zonas de especial protección. El artículo 320 CP, aplicable a funcionarios, prevé penas de inhabilitación de siete a diez años. En ambos casos puede imponerse la demolición de lo construido como consecuencia accesoria.

¿Puede evitarse la demolición si hay condena por delito urbanístico en Valencia?

La demolición es una consecuencia accesoria que el tribunal puede —pero no está obligado— a imponer. La jurisprudencia ha matizado los criterios para su imposición: se valora la posibilidad de legalización posterior, la proporcionalidad con el daño causado y otras circunstancias del caso. Una defensa técnica sólida puede influir decisivamente en que el tribunal no imponga la demolición o la condicione a la imposibilidad de legalización.

¿Cómo contactar con Soriano i Piqueras para un asunto de delito urbanístico en Valencia?

Puede contactarnos por teléfono en el (+34) 96 073 05 72 (Valencia) o (+34) 91 993 00 59 (Madrid), por correo en info@sorianoipiqueras.com o directamente por WhatsApp. La primera valoración es confidencial y sin compromiso. Nuestra oficina de Valencia está en Gran Vía Marqués del Turia, 59.