Modificación de Ley de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas

Ley 40/2007, de 4 de diciembre

De medidas en materia de Seguridad Social

Texto comparado · página 1 de 1

Disposición transitoria novena.

Versión 2 · en vigor 01.01.2008 · +1 −19 · Ver el artículo

Disposición transitoria novena.
La incompatibilidad a que se refiere el artículo 3.º, 2, se aplicará igualmente a las pensiones de orfandad.
(Suprimida)
Notas del BOE
Notas del BOE

Se suprime por el art. 5.9 de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-20910

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Comparación automática de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.
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