De modificación de tasas y de beneficios fiscales de acontecimientos de excepcional interés público
Versión 3 · en vigor 01.01.2005 · Ver el artículo
Sin cambio de redacción: el BOE registra esta versión por una nota o una corrección.
Se prorroga el plazo por siete años a partir del 1 de enero de 2005 por la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, en la redacción dada por la disposición adicional 2 de la Ley 4/2004, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-21831.
Se prorroga el plazo por diez años a partir del 1 de enero de 1995 por la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1994-28968.
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