Que no será de aplicación a las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de su aplicación a las demás Administraciones sujetas a la Ley General de Subvenciones, según establece su fundamento jurídico 11
Versión 3 · en vigor 22.05.2018 · Ver el artículo
Sin cambio de redacción: el BOE registra esta versión por una nota o una corrección.
Téngase en cuenta que se declara la inconstitucionalidad del inciso destacado en negrita del apartado 3.b) por Sentencia del TC 33/2018, de 12 de abril, que no será de aplicación a las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de su aplicación a las demás Administraciones sujetas a la Ley General de Subvenciones, según establece su fundamento jurídico 11. Ref. BOE-A-2018-6825
Se declara la inconstitucionalidad del inciso destacado en negrita del apartado 3.b) por Sentencia del TC 33/2018, de 12 de abril, que no será de aplicación a las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de su aplicación a las demás Administraciones sujetas a la Ley General de Subvenciones, según establece su fundamento jurídico 11. Ref. BOE-A-2018-6825
Se modifica la letra b) del apartado 3 por el art. 30.1 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre. Ref. BOE-A-2014-9467.
Téngase en cuenta que esta modificación será de aplicación a las subvenciones convocadas o concedidas a partir del 1 de enero de 2016, según establece la disposición transitoria 10 de la citada Ley.
Versión 3 · en vigor 22.05.2018 · Ver el artículo
Sin cambio de redacción: el BOE registra esta versión por una nota o una corrección.
Téngase en cuenta que se declara la inconstitucionalidad del inciso destacado en negrita del apartado 8.a) por Sentencia del TC 33/2018, de 12 de abril, que no será de aplicación a las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de su aplicación a las demás Administraciones sujetas a la Ley General de Subvenciones, según establece su fundamento jurídico 11. Ref. BOE-A-2018-6825
Se declara la inconstitucionalidad del inciso destacado en negrita del apartado 8.a) por Sentencia del TC 33/2018, de 12 de abril, que no será de aplicación a las Comunidades Autónomas, sin perjuicio de su aplicación a las demás Administraciones sujetas a la Ley General de Subvenciones, según establece su fundamento jurídico 11. Ref. BOE-A-2018-6825
Se modifica por el art. 30.3 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre. Ref. BOE-A-2014-9467.
Téngase en cuenta que la modificación del apartado 8 será de aplicación a las subvenciones convocadas o concedidas a partir del 1 de enero de 2016, según establece la disposición transitoria 10 de la citada Ley.
Versión 3 · en vigor 22.05.2018 · Ver el artículo
Sin cambio de redacción: el BOE registra esta versión por una nota o una corrección.
Téngase en cuenta que se declara que no es inconstitucional el apartado 3, interpretado en los términos del fundamento jurídico 12.b), en el sentido de que las multas coercitivas a que se refiere no pueden imponerse a las Comunidades Autónomas, por Sentencia del TC 33/2018, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2018-6825
Se declara que no es inconstitucional el apartado 3, interpretado en los términos del fundamento jurídico 12.b), en el sentido de que las multas coercitivas a que se refiere no pueden imponerse a las Comunidades Autónomas, por Sentencia del TC 33/2018, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2018-6825
Se añade el apartado 3 por el art. 30.7 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre. Ref. BOE-A-2014-9467.
Versión 3 · en vigor 22.05.2018 · Ver el artículo
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Téngase en cuenta que se declara que no es inconstitucional el apartado 4, interpretado en los términos del fundamento jurídico 12.b), en el sentido de que las multas coercitivas a que se refiere no pueden imponerse a las Comunidades Autónomas, por Sentencia del TC 33/2018, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2018-6825
Se declara que no es inconstitucional el apartado 4, interpretado en los términos del fundamento jurídico 12.b), en el sentido de que las multas coercitivas a que se refiere no pueden imponerse a las Comunidades Autónomas, por Sentencia del TC 33/2018, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2018-6825
Se añade el apartado 4 por el art. 30.9 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre. Ref. BOE-A-2014-9467.
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