Ley General de Subvenciones

La norma entre dos fechas

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Fechas con entrada en vigor de alguna versión: 20.05.2016 29.06.2017 22.05.2018 05.07.2018 01.01.2021 01.01.2022 07.10.2022 19.10.2022 01.01.2023 02.01.2023 22.02.2023 30.06.2023 22.08.2024 23.10.2026

1 de 122 bloques cambian entre el 21.02.2023 y el 22.02.2023

Disposición adicional decimoctava. Subvenciones de cooperación internacional.

Versión 1 → versión 2 · en vigor 22.02.2023 · +10 −2

Disposición adicional decimoctava. Subvenciones de cooperación internacional.
1. El Gobierno aprobará por real decreto, a propuesta conjunta de los Ministerios de Asuntos Exteriores y de Hacienda, las normas especiales reguladoras de las subvenciones de cooperación internacional.
2. Dicha regulación se adecuará con carácter general a lo establecido en esta ley salvo que deban exceptuarse los principios de publicidad o concurrencia u otros aspectos del régimen de control, reintegros o sanciones, en la medida en que las subvenciones sean desarrollo de la política exterior del Gobierno y resulten incompatibles con la naturaleza o los destinatarios de las mismas.
2. Dicha regulación sede adecuará con carácter general a lo establecido en esta ley salvo que deban exceptuarse los principios de publicidad o concurrencia u otros aspectos del régimen de concesión, abono, gastos subvencionables, plazos de ejecución y justificación, control, reintegros o sanciones, en la medida en que las subvenciones sean desarrollo de la política exterior del Gobierno y resulten incompatibles con la naturaleza o los destinatarios de las mismas.
Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Comparación automática de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.