Aplicaciones · Costas

Visor de afecciones de la Ley de Costas

Mapa interactivo del litoral español: localice cualquier parcela catastral y compruebe sus coincidencias con el deslinde del dominio público marítimo-terrestre, la ribera del mar, las servidumbres de protección y tránsito, la zona de influencia y otros condicionantes publicados por la Dirección General de la Costa y el Mar, con una nota informativa en PDF.

Cartografía oficial de Costas y del Catastro · Todo el litoral español · Gratuito y sin registro · Nota informativa en PDF

Cartografía oficial de Costas Todo el litoral español Nota informativa en PDF Gratuito y sin registro
Consulta

Localice la parcela

Busque por referencia catastral, por dirección, por polígono y parcela o señalando un punto en el mapa. El visor superpone la delimitación catastral de la parcela a la cartografía oficial de Costas y le muestra las coincidencias, las distancias a cada línea y el reparto estimado de la superficie. Es gratuito, no requiere registro y tiene carácter exclusivamente informativo: el estudio jurídico de la afección es el servicio del despacho.

Cómo funciona

Cuatro pasos, desde su ordenador o su móvil.

El visor consulta en el momento los servicios públicos de la Dirección General del Catastro y de la Dirección General de la Costa y el Mar, y le presenta el resultado ordenado, con sus fuentes y sus advertencias.

01

Localice la parcela

Por referencia catastral, por dirección, por polígono y parcela o pulsando sobre el mapa, en cualquier municipio costero de España.

02

Vea las líneas de deslinde

La parcela dibujada sobre la ortofoto junto al límite del dominio público marítimo-terrestre, la ribera del mar y la servidumbre de protección, con los colores de la leyenda oficial.

03

Revise las afecciones

Coincidencias con el dominio público, las servidumbres de protección y tránsito y la zona de influencia, distancias a cada línea, reparto estimado de la superficie y otros condicionantes publicados.

04

Descargue la nota informativa

Un PDF gratuito con el membrete del despacho y, si lo necesita, solicite el estudio profesional de la afección.

Preguntas frecuentes

Lo que conviene saber antes de consultar

¿Qué muestra el visor?
Las coincidencias cartográficas entre la delimitación catastral de la parcela y las líneas que publica la Dirección General de la Costa y el Mar: el límite interior del dominio público marítimo-terrestre, el límite interior de la ribera del mar y el límite de la servidumbre de protección, aprobadas o en tramitación. A partir de ellas estima la servidumbre de tránsito (6 m) y la zona de influencia (500 m), y comprueba otras capas publicadas: terrenos íntegramente incluidos en el dominio público, núcleos excluidos, servidumbre de protección en islotes y zonas inundables de origen marino.
¿Es gratuito? ¿Hay que registrarse?
Sí, es gratuito y no requiere registro ni datos personales. Para no sobrecargar los servicios oficiales hay un límite de consultas por visitante.
¿Qué significa cada zona?
El dominio público marítimo-terrestre (ribera del mar, playas, acantilados, marismas y terrenos deslindados) es de titularidad estatal y no admite propiedad privada. La servidumbre de protección (100 m desde el límite interior de la ribera del mar, 20 m en suelos urbanos a la entrada en vigor de la Ley de Costas) limita usos y edificaciones. La servidumbre de tránsito (6 m, ampliables a 20) debe dejarse expedita para el paso público. En la zona de influencia (500 m) el planeamiento debe respetar criterios de protección.
¿Qué validez tiene el resultado?
Es una coincidencia cartográfica informativa entre dos cartografías oficiales (escala de referencia 1:25.000), no una determinación jurídica. La situación exacta de una finca se acredita con el expediente de deslinde y sus planos aprobados, el Registro de la Propiedad y, en su caso, las resoluciones de la Demarcación de Costas. Las concesiones y autorizaciones de ocupación no constan en la cartografía pública.
¿Y si mi finca aparece afectada?
Una coincidencia con el dominio público o con las servidumbres no significa necesariamente la pérdida de la propiedad ni la imposibilidad de uso: hay concesiones compensatorias, prórrogas, regímenes transitorios, obras permitidas y vías de impugnación y de rectificación de los deslindes. El despacho estudia su caso, revisa el expediente y le representa ante la Administración y los tribunales.

¿Su finca, hotel o promoción está afectada por un deslinde, una servidumbre o una concesión?

Cuéntenos su situación. La estudiaremos con la discreción y el rigor que exige.