Modificación de Código Penal

Ley Orgánica 5/2021, de 22 de abril

De derogación del artículo 315 apartado 3 del Código Penal

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Artículo 315.

Versión 3 · en vigor 24.04.2021 · +0 −50 · Ver el artículo

Artículo 315.
1. Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de seis a doce meses los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga.
2. Si las conductas reseñadas en el apartado anterior se llevaren a cabo con coacciones serán castigadas con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses.
3. Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses.
Notas del BOE
Notas del BOE

Se suprime el apartado 3 por el art. único de la Ley Orgánica 5/2021, de 22 de abril. Ref. BOE-A-2021-6462

Se modifica por el art. único.169 de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3439.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Comparación automática de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.
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