Ley de urbanismo de las Illes Balears
Ley 12/2017 · Artículo 70

Artículo 70. Presupuestos y modalidades de la ejecución.

Texto original, sin modificaciones · en vigor desde el 1 de enero de 2018

Artículo 70. Presupuestos y modalidades de la ejecución.

1. La ejecución del planeamiento requiere la aprobación del instrumento de ordenación más detallado exigible según la clase de suelo de que se trate.

2. La ejecución del planeamiento se ha de efectuar mediante el desarrollo de la actuación urbanística que corresponda entre las establecidas en el artículo 23 de la presente ley.

Fuente: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, legislación consolidada. Texto de carácter informativo; para fines jurídicos consulte la publicación oficial.

Cómo citar

Ley de urbanismo de las Illes Balears, Artículo 70. Presupuestos y modalidades de la ejecución. Texto vigente. Fuente: BOE, legislación consolidada (BOE-A-2018-806). Recuperado de Radar de cambios legislativos (Soriano i Piqueras Abogados), https://www.sorianoipiqueras.com/es_es/aplicaciones/radar/ley-12-2017-urbanismo-illes-balears/texto/a7-2/.