La doctrina de la Junta Electoral Central ordenada por materias: las instrucciones y los acuerdos resumidos, con su referencia y el enlace a su texto oficial. Coordinada por Víctor M. Soriano i Piqueras.
Esta guía ordena por materias la doctrina de la Junta Electoral Central publicada en su página web: las 109 instrucciones dictadas desde 1985 y los 14.302 acuerdos adoptados entre la sesión de 31 de marzo de 1977 y la de 24 de septiembre de 2026.
La obra se divide en 27 capítulos, uno por materia. Los veinte primeros siguen el orden del procedimiento electoral, desde la Administración electoral hasta las infracciones y los recursos. Los siguientes recogen las materias no estrictamente electorales de las que también conoce la Junta: el estatuto de los parlamentarios, la constitución y el gobierno de las corporaciones locales, la iniciativa legislativa popular y el referéndum. El último reúne los asuntos ajenos a su competencia. Cada capítulo se divide en epígrafes, 177 en total, y cada epígrafe comienza con una nota que delimita su contenido.
Dentro de cada epígrafe figuran primero las instrucciones y después los acuerdos, unas y otros del más reciente al más antiguo. Cada entrada consta de tres elementos. La referencia, en negrita, identifica la instrucción por su número y su fecha, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado y, en su caso, la indicación de que ha sido modificada o ha quedado sin efecto; el acuerdo se identifica por su número y la fecha de la sesión. El extracto, en cursiva, enuncia la cuestión resuelta. El resumen recoge la conclusión de la Junta y lo imprescindible para entenderla. Los acuerdos de mero trámite, como las tomas de conocimiento, los traslados, las designaciones o la expedición de credenciales, se reseñan en una frase que comienza con la palabra «Trámite».
Cada instrucción y cada acuerdo aparecen una sola vez, en el epígrafe de la cuestión principal que resuelven. Cuando tocan además otras cuestiones, los epígrafes correspondientes los citan al final, bajo la rúbrica «Véanse también», con indicación del epígrafe en el que se resumen. Las remisiones se hacen al número de epígrafe, precedido del signo §.
Los resúmenes no sustituyen al texto de las instrucciones y de los acuerdos: sirven para localizar la doctrina aplicable y dar noticia de su contenido. Antes de invocar un acuerdo debe acudirse a su texto íntegro, disponible en la página web de la Junta Electoral Central (www.juntaelectoralcentral.es). Las indicaciones sobre la modificación o la pérdida de efectos de las instrucciones son las que la propia Junta hace constar en esa página. Se han omitido los nombres de las personas físicas que intervienen en los acuerdos. La información está cerrada a 7 de octubre de 2026.
Coordinación: Víctor M. Soriano i Piqueras (coord.)
Edita: Soriano i Piqueras Abogados, SLPU, Madrid, octubre de 2026.
Fuente: Página web de la Junta Electoral Central (www.juntaelectoralcentral.es).
Edición impresa: tomo I: 9798160792095; tomo II: 9798160828206.