Acuerdo 110/2004, de 16 de febrero de 2004

AcuerdoCaso concreto

Cadena y fecha de emisión de las entrevistas electorales en Televisión Española

Resumen

Desestima la petición del Partido Socialista Obrero Español de trasladar a la Primera Cadena las entrevistas programadas por Televisión Española: su emisión en la Segunda Cadena no quebranta la igualdad, pues todas se emiten en la misma cadena y horario, y la elección de cadena pertenece a la libertad de programación del Ente Público; tampoco procede cambiar la fecha de la entrevista con el representante de ese partido, dados el criterio de una sola entrevista por día, el de no celebrar ninguna el último día de campaña, que la Junta considera correcto, la pluralidad de acontecimientos deportivos similares en esas fechas y los derechos de las entidades que ya tienen día asignado; no obstante, instruye a RTVE para que la emisión se realice sin coincidencia horaria alguna con la retransmisión deportiva prevista ese día en la otra cadena, retrasándola si el evento se prolonga.

Epígrafe
§ 11.6 Entrevistas en medios públicos
Sesión
2004-02-16
Expediente
292/256

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