Acuerdo 110/2006, de 15 de junio de 2006

AcuerdoCriterio general

Vacantes sin candidatos en municipios de entre 100 y 250 habitantes

Resumen

La previsión del artículo 182 de la LOREG de designar concejales a propuesta de las entidades políticas cuando se agota la lista de titulares y suplentes no se aplica a los municipios de entre 100 y 250 habitantes, sujetos a escrutinio mayoritario uninominal; procede constituir una comisión gestora, designada en el caso por la Diputación Foral de Navarra.

Epígrafe
§ 23.5 Vacantes en municipios de listas abiertas; sorteos por empate
Sesión
2006-06-15
Expediente
351/1173

También afecta a: § 22.7 · § 23.4

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