Acuerdo 117/1995, de 15 de marzo de 1995

AcuerdoCaso concreto

Mediación de la JEC ante un Alcalde para obtener documentación sobre la designación de Mesas

Resumen

No es competencia de la JEC realizar ante una Administración Pública una gestión como la interesada, consistente en mediar para que un Alcalde remita documentación sobre la designación de las Mesas electorales en las elecciones de 1993.

Epígrafe
§ 1.2 Junta Electoral Central: competencias, consultas e instrucciones
Sesión
1995-03-15
Expediente
351/210

También afecta a: § 2.2

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