Acuerdo 122/2010, de 16 de noviembre de 2010

AcuerdoCaso concreto

Inscripción identificativa en catalán de los envíos postales de propaganda electoral

Resumen

Aunque las formaciones políticas deben ajustarse a las Órdenes Ministeriales que regulan los envíos postales de propaganda electoral, se consideran válidos los envíos con la inscripción «Envíos postales de propaganda electoral/Tramesa de propaganda electoral», en lugar de la fórmula «Enviaments postals de propaganda electoral» prevista en la Orden del Ministro de Fomento de 18 de octubre de 2010: las expresiones «enviaments» y «tramesa» son sinónimas, cumplen una función meramente identificativa del tipo de envío, su uso indistinto no suscita dudas y así lo aconseja el momento del proceso electoral. Lo resuelve la Presidencia y se comunica a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, a solicitud del Partido Popular.

Epígrafe
§ 9.7 Envíos postales de propaganda electoral
Sesión
2010-11-16
Expediente
299/76

También afecta a: § 6.6

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