Acuerdo 132/1994, de 10 de mayo de 1994

AcuerdoCriterio general

Inicio del período electoral a efectos del acceso a encuestas de organismos públicos

Resumen

El período electoral se entiende iniciado con la convocatoria de las elecciones, lo que se responde al Centro de Investigaciones Sociológicas a efectos de facilitar a las fuerzas políticas concurrentes el acceso a los datos de intención de voto de las encuestas de entidades dependientes de la Administración Pública; se da traslado a los Presidentes de las Comunidades Autónomas en orden a lo establecido en el artículo 69.8 de la LOREG.

Epígrafe
§ 12.3 Encuestas de organismos públicos
Sesión
1994-05-10
Expediente
000/94051037

También afecta a: § 6.1

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