Inicio del período electoral a efectos del acceso a encuestas de organismos públicos
El período electoral se entiende iniciado con la convocatoria de las elecciones, lo que se responde al Centro de Investigaciones Sociológicas a efectos de facilitar a las fuerzas políticas concurrentes el acceso a los datos de intención de voto de las encuestas de entidades dependientes de la Administración Pública; se da traslado a los Presidentes de las Comunidades Autónomas en orden a lo establecido en el artículo 69.8 de la LOREG.
También afecta a: § 6.1