Acuerdo 136/2001, de 3 de diciembre de 2001

AcuerdoCaso concreto

Recurso procedente contra un acuerdo de la JEC sobre concejal inhabilitado

Resumen

Contra el acuerdo de la JEC según el cual el concejal inhabilitado no recupera su cargo durante el mandato para el que fue elegido cabe recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de dicho orden jurisdiccional del Tribunal Supremo.

Epígrafe
§ 20.4 Control judicial de los acuerdos de la Administración electoral
Sesión
2001-12-03
Expediente
351/841

También afecta a: § 5.2

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