Archivo de los segundos sobres de documentación electoral
Conforme al artículo 101.4 de la LOREG, los segundos sobres de documentación electoral quedan archivados en el Juzgado de Primera Instancia o de Paz correspondiente y no en la Junta Electoral, lo que se responde a la consulta sobre el alcance del deber de custodia de los secretarios de las Juntas.
También afecta a: § 1.7