Acuerdo 160/2015, de 30 de abril de 2015

AcuerdoCaso concreto

Anuncio en período electoral de la apertura del plazo de solicitud de viviendas sociales

Resumen

Desestima el recurso de Coalición por Melilla y confirma el archivo de la denuncia acordado por la Junta Electoral de Zona de Melilla: conforme al acuerdo de la JEC de 7 de abril de 2011, interpretativo de la Instrucción 2/2011, el inicio del período electoral no interrumpe las actuaciones de los poderes públicos necesarias para la salvaguarda del interés público, siempre que no se aprovechen para actos o declaraciones electoralistas o de campaña de logros. La información de prensa sobre la apertura del plazo para solicitar viviendas municipales se limita a recoger la ejecución de una fase de un procedimiento administrativo iniciado antes de la convocatoria, sin declaraciones electoralistas ni exposición de logros contrarias al artículo 50.2 de la LOREG.

Epígrafe
§ 10.7 Actividad administrativa ordinaria en período electoral
Sesión
2015-04-30
Expediente
293/486

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