Acuerdo 174/2005, de 26 de mayo de 2005

AcuerdoCriterio general

Legitimación para proponer al sustituto de un concejal agotada la lista

Resumen

En la cobertura de una vacante de concejal en el supuesto del artículo 182.2 de la LOREG, la propuesta debe formularla el representante de la candidatura o, en su defecto, el representante del partido, federación o coalición afectado, por aplicación analógica del apartado Primero.4 de la Instrucción de la JEC de 10 de julio de 2003, sobre sustitución de cargos representativos locales.

Epígrafe
§ 23.4 Agotamiento de la lista y designación por la formación política
Sesión
2005-05-26
Expediente
351/1061

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