Acuerdo 180/1995, de 7 de abril de 1995

AcuerdoCaso concreto

Denominación proyectada para una coalición electoral entre dos partidos

Resumen

No existe precepto legal que impida directamente que la coalición proyectada por Unió Valenciana con el partido «Centristas de la Comunidad Valenciana» adopte la denominación «Unió Valenciana Independientes Centristas», sin que ello suponga prejuzgar la existencia de posibles preferencias de otras entidades inscritas en el Registro de Partidos Políticos.

Epígrafe
§ 7.4 Denominaciones, siglas y símbolos
Sesión
1995-04-07
Expediente
281/27

También afecta a: § 7.2

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