Acuerdo 199/2016, de 2 de junio de 1986

AcuerdoCaso concreto

Retribución por asistencias de los vocales no judiciales de las Juntas

Resumen

Remite al Gobierno la consulta sobre si los vocales del artículo 10.1.b) de la Ley Electoral deben cobrar por la asistencia durante el período electoral, por corresponderle la competencia en la materia conforme al artículo 22.2 de la Ley Electoral.

Epígrafe
§ 1.10 Medios personales y materiales; dietas y gratificaciones
Sesión
1986-06-02
Expediente
000/86060204

También afecta a: § 1.6

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