Acceso para inventario a locales con documentación de una Junta Electoral Provincial
Accede a que se facilite al personal del Patrimonio del Estado el acceso a los locales donde está depositada la documentación de la Junta Electoral Provincial de Madrid, a los solos efectos de realizar un inventario y sin perjuicio del control de esa actuación por el Secretario de dicha Junta o el funcionario al que habilite.
También afecta a: § 1.10