Comisión gestora en nuevos municipios creados por segregación parcial de otros
Si el nuevo municipio se crea después de publicado el Decreto de convocatoria de elecciones locales, no se celebran elecciones propias, independientes de las del municipio matriz; la designación de los miembros de la Comisión Gestora ha de hacerse a tenor de los resultados electorales oficialmente proclamados en el momento en que se produzca; no está legalmente prevista ninguna forma de alteración de la composición del Ayuntamiento del municipio matriz.
También afecta a: § 22.7