Acuerdo 218/1991, de 12 de junio de 1991

AcuerdoCriterio general

Composición de la comisión gestora en municipio con un solo candidato electo

Resumen

La Comisión Gestora del Ayuntamiento de Chodos se integra por el candidato electo y otras cuatro personas: si aquel fue presentado por una entidad política, los votos que obtuvo se tienen por atribuidos a esa entidad a tal efecto; si lo fue por una agrupación de electores, se designa libremente a las cuatro personas de adecuada idoneidad y arraigo que, junto al electo, deban integrarla.

Epígrafe
§ 22.7 Comisiones gestoras
Sesión
1991-06-12
Expediente
000/91061214

También afecta a: § 7.3

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →