Uso por otras formaciones de símbolos y siglas similares a los de un partido
Las entidades políticas inscritas en el Registro de Partidos Políticos tienen derecho a utilizar los símbolos y demás elementos identificativos que tengan inscritos en él; la preferencia o prioridad que una entidad pretenda hacer valer frente a otra también inscrita en cuanto a su utilización es cuestión que corresponde a los Tribunales de Justicia.