Confusión entre la denominación de una coalición insular y la de Coalición Canaria
Estima el recurso de Coalición Canaria contra la toma de razón por la Junta Electoral de Canarias de la «Coalición Canaria por Lanzarote (AIL Asamblea Conejera)»: esa denominación podría inducir a confusión, en contra del artículo 46.4 de la LOREG, con la que la recurrente emplea desde las elecciones generales de 6 de junio de 1993 y con la que formalizó antes su constitución ante la JEC y la Junta Electoral de Canarias; la otra coalición habrá de concurrir a las elecciones de 28 de mayo como «Coalición por Lanzarote (AIL Asamblea Conejera)», denominación que hizo constar ante la JEC.
También afecta a: § 7.2