Solicitud de los resultados municipales del referéndum constitucional de 1978
La JEC no dispone de los resultados del referéndum constitucional de 1978 a nivel municipal. Recuerda su criterio reiterado de que las Juntas Electorales Provinciales y de Zona han de trasladar al Archivo Histórico la documentación electoral histórica, esto es, la referida a todos los procesos electorales, salvo aquellos en cuya virtud se hayan obtenido mandatos que continúen en vigor.
También afecta a: § 17.8