Acuerdo 248/1993, de 21 de mayo de 1993

AcuerdoCaso concreto

Requerimiento a una televisión privada de las grabaciones de su información electoral

Resumen

Reitera el acuerdo de 17 de mayo de 1993 que recabó de las televisiones la remisión diaria de cintas de vídeo completas con todos los espacios de información electoral emitidos, y advierte a Telecinco de que, de no cumplimentarse el requerimiento, se dará traslado al Ministerio Fiscal por si su actuación estuviera incursa en el delito de desobediencia del artículo 237 del Código Penal, atendida la misión de la JEC de velar por la transparencia y objetividad del proceso electoral y el principio de igualdad.

Epígrafe
§ 19.4 Incumplimiento de los acuerdos de las Juntas y medidas de ejecución
Sesión
1993-05-21
Expediente
000/93052137

También afecta a: § 11.8 · § 19.3

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