Caducidad de una iniciativa legislativa popular por falta de entrega de firmas
Comunica al Congreso de los Diputados que la iniciativa legislativa popular sobre reforma del artículo 1.316 del Código Civil, cuya admisión a trámite se notificó el 22 de abril de 2014, debe entenderse caducada conforme al artículo 7.3 de la Ley Orgánica 3/1984, según el cual, agotado el plazo sin que se haya hecho entrega de las firmas recogidas, caduca la iniciativa.