Acuerdo 271/1993, de 2 de diciembre de 1993

AcuerdoCaso concreto

Comisión gestora por renuncia de dos concejales sin candidatos sustitutos

Resumen

Renunciados dos concejales sin más candidatos que puedan cubrir las vacantes, ha de procederse a designar dos vocales gestores que, junto con los miembros de la corporación que permanecen, constituirán una comisión gestora en los términos del artículo 182, párrafo 3, de la LOREG; la designación corresponde a la Diputación Provincial de Segovia, entre personas de adecuada idoneidad y arraigo en la localidad y teniendo en cuenta los resultados de las últimas elecciones locales.

Epígrafe
§ 22.7 Comisiones gestoras
Sesión
1993-12-02
Expediente
000/93120230

También afecta a: § 23.4

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