Denuncia de un cartel de propaganda electoral al que se atribuye carácter delictivo
Desestima el recurso de Unidas Podemos contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid sobre su denuncia de un cartel electoral de Vox: conforme al artículo 151 de la LOREG y al Acuerdo 196/2015, de 13 de mayo, corresponde a los tribunales ordinarios, y no a la Administración electoral, determinar la existencia o autoría de presuntos delitos, por lo que, dada la naturaleza delictiva que la recurrente atribuía al cartel, fue correcto que la Junta Provincial diera cuenta a la Fiscalía; la alegada lentitud en resolver carece de relevancia.
También afecta a: § 9.9