Acuerdo 287/2023, de 25 de mayo de 2023

AcuerdoCriterio general

Uso en lemas de campaña de términos genéricos de la denominación de otro partido

Resumen

Archiva la denuncia de Jaén Merece Más contra Más Madrid, BNG y Andalucía por Sí por el uso de «merece más»: la propaganda aportada no induce a error al electorado, pues en todos los casos consta con claridad la formación que la realiza; el partido que utiliza términos genéricos en su denominación no puede pretender que otros no los empleen en su campaña, siempre que no se aprecie en el uso coincidente una intencionalidad que pueda inducir a error.

Epígrafe
§ 9.9 Contenido y límites de la propaganda
Sesión
2023-05-25
Expediente
293/1449

También afecta a: § 7.4

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