Cobertura de vacante de concejal en municipio de listas abiertas estando constituidas las Juntas de Zona
Estando constituidas las Juntas Electorales conforme al artículo 15.2 de la LOREG, corresponde a la Junta Electoral de Zona aplicar el apartado f) del artículo 184 de la LOREG y expedir la credencial al candidato siguiente en número de votos para cubrir la vacante de concejal del Ayuntamiento de Condemios de Abajo producida por renuncia.
También afecta a: § 1.8