Acuerdo 319/2003, de 22 de mayo de 2003

AcuerdoCaso concreto

Firma en período electoral de un convenio para la restauración de una iglesia

Resumen

Revoca, en ejercicio de las competencias del artículo 19.1.e) y f) de la LOREG, el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Sevilla que confirmó la suspensión de la firma del convenio entre el Arzobispado de Sevilla y el Ministerio de Cultura para la restauración de la Iglesia del Divino Salvador: el acto no constituye campaña electoral ni tiene incidencia electoral, siempre que en su celebración no se incurra en derivaciones electoralistas o partidistas.

Epígrafe
§ 10.7 Actividad administrativa ordinaria en período electoral
Sesión
2003-05-22
Expediente
292/159

También afecta a: § 1.2

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →