Acuerdo 330/1995, de 24 de mayo de 1995

AcuerdoCriterio general

Designación de vocales no judiciales de Junta de Zona a falta de propuesta conjunta

Resumen

Estima el recurso de PP, PA y PAP contra la designación de los vocales no judiciales de la Junta Electoral de Zona de Sanlúcar: a falta de propuesta conjunta de las candidaturas, ha de tenerse en cuenta la representación obtenida en las anteriores elecciones equivalentes por las entidades políticas que presentan las propuestas individuales; conforme a esos resultados, designa a un nuevo vocal en sustitución de la anteriormente nombrada.

Epígrafe
§ 1.6 Vocales no judiciales
Sesión
1995-05-24
Expediente
120/53

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