Recogida de firmas de iniciativa legislativa popular en colegios electorales el día de votación
No cabe instalar mesas de recogida de firmas para una iniciativa legislativa popular ni en los colegios electorales ni en sus inmediaciones, es decir, en los espacios físicos donde se encuentren personas para ejercer el derecho de sufragio, pues así resulta de los artículos 91.3 y 93 de la LOREG; se deniega lo solicitado por la comisión promotora para la jornada del 26 de mayo.
También afecta a: § 16.4