Personación de la JEC y remisión del expediente en recurso contencioso-administrativo
Trámite: se acuerda la personación de la JEC en el recurso 1/511/00 mediante los Letrados de las Cortes Generales y de la Junta Electoral Central, la remisión a la Sala del expediente con el informe aprobado, a efectos del artículo 116 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y el emplazamiento de los interesados para comparecer en cinco días.