Personación y remisión del expediente en recurso contencioso-administrativo contra la Instrucción 9/2007
Trámite: la JEC se persona en el recurso contencioso-administrativo interpuesto ante el Tribunal Supremo contra la Instrucción 9/2007, sobre interpretación del artículo 205.1 de la LOREG, y remite el expediente, consignando como informe el propio acuerdo recurrido y señalando que, al tratarse de una Instrucción dictada en virtud de su potestad normativa, no hay interesados en el expediente.
También afecta a: § 24.1