Designación de vocales no judiciales de varias Juntas Electorales Provinciales
Trámite: se designa a los vocales no judiciales de las Juntas Electorales Provinciales de Albacete, Guipúzcoa, La Rioja y Cádiz, de conformidad con el artículo 10.1 b) de la LOREG, y se ordena la publicación del acuerdo en el BOE.