Acuerdo 443/1996, de 20 de febrero de 1996

AcuerdoCaso concreto

Información de prensa presentada como encuesta electoral del Centro de Investigaciones Sociológicas

Resumen

Ordena al Diario ABC que, en el plazo de tres días conforme al artículo 69.4 de la LOREG, publique en los mismos espacios y páginas, indicando su procedencia de la JEC y el motivo de la rectificación, la aclaración de que la información aparecida el 14 de febrero, atribuida al C.I.S., no puede ser presentada como una encuesta en los términos del artículo 69 de la LOREG, como resulta del propio escrito de alegaciones del diario; acuerda además practicar las diligencias propuestas por este para esclarecer los hechos, oficiando al C.I.S., al Ministerio de la Presidencia, a Izquierda Unida y al Partido Popular sobre la existencia de trabajos de campo del C.I.S. sobre intención de voto en enero o febrero de 1996 y el acceso a ellos. El Tribunal Supremo desestimó los recursos contencioso-administrativos (STS 1994/1999, de 22 de marzo).

Epígrafe
§ 12.1 Requisitos de publicación, control y rectificación
Sesión
1996-02-20
Expediente
300/30

También afecta a: § 12.3

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