Junta Electoral competente en las operaciones de la iniciativa legislativa popular
La Junta competente para todas las operaciones previstas en la Ley Orgánica reguladora de la iniciativa legislativa popular es la JEC, dado que, conforme a la LOREG, posterior a aquella, las Juntas Electorales Provinciales se constituyen para cada proceso electoral que se convoque.
También afecta a: § 25.3