Presentación de candidaturas al Congreso y al Senado conforme al artículo 169.3 de la LOREG
Trámite: ante varias consultas sobre el procedimiento de presentación de candidaturas previsto en el artículo 169.3 de la LOREG, la JEC acuerda elaborar una Instrucción que desarrolle las exigencias de ese precepto, para su aprobación en el mes de septiembre siguiente.
También afecta a: § 1.2