Acuerdo 497/2004, de 4 de octubre de 2004

AcuerdoCaso concreto

Vacante de concejal sin más candidatos en municipio de 100 a 250 habitantes

Resumen

El Ayuntamiento debe continuar con sus actuales cuatro concejales, pues no ha lugar a constituir la Comisión Gestora prevista en el artículo 182 de la LOREG al tener quórum suficiente para su funcionamiento, procediendo la cobertura de la vacante por el siguiente candidato en número de votos.

Epígrafe
§ 23.5 Vacantes en municipios de listas abiertas; sorteos por empate
Sesión
2004-10-04
Expediente
351/1000

También afecta a: § 22.7

Leer el texto íntegro en la web de la JEC →