Acuerdo 5/1986, de 27 de enero de 1986

AcuerdoCaso concreto

Cobertura de vacante de concejal en municipio de entre 100 y 250 habitantes

Resumen

La credencial del nuevo concejal para cubrir la vacante debe expedirse a favor del candidato siguiente en número de votos populares, con lo que se rectifica el error padecido en su día a consecuencia de una certificación del Secretario de la Audiencia Provincial de Toledo.

Epígrafe
§ 23.5 Vacantes en municipios de listas abiertas; sorteos por empate
Sesión
1986-01-27
Expediente
000/86012703

También afecta a: § 23.7

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