Acuerdo 50/1992, de 11 de mayo de 1992

AcuerdoCriterio general

Aceptación por el Pleno de la renuncia de un concejal

Resumen

El sometimiento al Pleno de la renuncia de un concejal se produce a efectos de toma de conocimiento o de razón, pues, al no ser obligatorio el cargo, no es requisito imprescindible la aceptación expresa de la renuncia por el Ayuntamiento; en consecuencia, se expide credencial al candidato siguiente de la lista.

Epígrafe
§ 23.1 Renuncia al cargo de concejal
Sesión
1992-05-11
Expediente
000/92051111

También afecta a: § 23.7

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