Alcance de la intervención de la JEC en la apreciación de incompatibilidades
No corresponde a la JEC, en materia de incompatibilidad, la apreciación de circunstancias de hecho que requieren las correspondientes actividades probatorias; así se responde a la consulta sobre la incompatibilidad de un Alcalde por la explotación de un negocio junto con familiares.
También afecta a: § 5.7