Elegibilidad al Parlamento de Cataluña de cargos de un consorcio y de un instituto
Los cargos de Presidente, Vicepresidente y miembros de los órganos ejecutivos del Consorcio para la Protección Integral del Delta del Ebro y del Instituto Europeo de la Mediterránea no son inelegibles, por no estar comprendidos en ninguno de los supuestos del artículo 6 de la LOREG, único precepto determinante de las causas de elegibilidad en las elecciones al Parlamento de Cataluña.
También afecta a: § 6.5