Certificación de firmas de la iniciativa legislativa popular reguladora de la jornada laboral
Trámite: se traslada al Congreso de los Diputados la certificación del número de firmas válidas de la iniciativa legislativa popular reguladora de la jornada laboral, que supera el mínimo de 500.000, y se acuerda destruir los pliegos de firmas conforme al artículo 12.3 de la Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo.