Acuerdo 72/2003, de 9 de abril de 2003

AcuerdoCriterio general

Presentación de candidatura por una agrupación de electores en un pequeño municipio

Resumen

El plazo de presentación de candidaturas es del 16 al 21 de abril, ante la Junta Electoral de Zona, con sede en el municipio cabeza de partido judicial; en los municipios de entre 100 y 250 habitantes las candidaturas han de tener cinco candidatos como mínimo, aunque pudieran ser menos, y no es necesario incluir suplentes, si bien cabe incluir uno por candidato; la documentación que debe acompañarse es la determinada en la Instrucción de la JEC de 15 de marzo de 1999; las firmas que avalan a la agrupación han de ser el 1% de los habitantes censados, siempre que ese número supere el doble de concejales a elegir (artículo 187 de la LOREG), de modo que, eligiéndose cinco concejales, se necesitan 11 firmas.

Epígrafe
§ 8.1 Presentación: plazo, lugar, legitimación y documentación
Sesión
2003-04-09
Expediente
282/49

También afecta a: § 8.4 · § 8.9

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